Concurso de acreedores
INVERDRABA SL
CIF B11555737Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 23/01/2013 → 04/11/2024
- Procedimiento
- 774/2012
- Juzgado
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso04/11/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 774/2012Juez : ANA MARIN HERREROAuto 09/10/2024
CONCLUSION CONCURSO VOLUNTARIO
- Otro acto concursal23/01/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de CádizProc. 774/2012Auto 26/11/2012
Edicto Doña Covadonga Herrero Udaondo, Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Anuncia 1.º-Que en el procedimiento número 774/2012, con NIG 1101242M20120000607, por auto de 26 de noviembre de 2012 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Inverdraba, S.L. (CIF b-11555737) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en C/ Luis Braille, n.º 80, local 15, de Barbate. 2.º-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3.º-Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido don Rafael Sánchez Abril, con domicilio postal en C/ Colegio Naval Sacramento, n.º, local 12, de San Fernando (11100) y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 14 de enero de 2013.- La Secretaria judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.