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Concurso de acreedores
INUP BUSINESS SOLUTIONS, S.L
CIF B73897068Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 28/06/2018 → 15/01/2019
- Procedimiento
- 391/2017
Cronología del expediente
- Otro acto concursal15/01/2019⚖️ MURCIAProc. 391/2017Auto 11/01/2019
E D I C T O Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, anuncia: Que en la Sección Primera del procedimiento de concurso 391/2017, referente a la concursada Inup Business Solutions, S.L. con C.I.F. número B-73897068, por auto de fecha 11 de enero de 2019, se ha acordado lo siguiente: "No constando existencia de bienes y derechos propiedad de Inup Business Solutions, S.L. para satisfacer los créditos contra la masa, no ha lugar a proseguir la tramitación del procedimiento concursal respecto a Inup Business Solutions, S.L. acordando la conclusión y archivo de las actuaciones, así como la extinción de la persona jurídica. Se acuerda la extinción de la persona jurídica así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos, a cuyo efecto expídase mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Una vez firme esta resolución expídanse los despachos establecidos en el artículo 177.3 Ley Concursal. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso. Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación. Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno, de conformidad con el artículo 177.1 Ley Concursal. Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe." Murcia, 11 de enero de 2019.- La Letrado de la Administracion de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
- Declaración de concurso28/06/2018⚖️ MURCIAAuto 22/06/2018
E D I C T O D.ª Ana Isabel González Peinado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º- Que en Sección I Declaración Concurso 0000391 /2017, N.I.G. número 30030 47 1 2017 0000823, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 22 de junio de 2018 autos de declaración de concurso de mercantil Inup Business Solutions, S.L., con C.I.F. número B73897068, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Gonzalez Cebrián, número 3, C.P. 30002 Murcia. 2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor. 3.º- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. 4.º- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: García et al economistas y juristas, sociedad civil profesional, designando para el desempeño del cargo al Economista D. José Horacio García Mari. La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: calle Jara, número 18 C.P. 30201, Cartagena. La dirección electrónica de la Administración concursal es la siguiente: [email protected]. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Abogado/a (artículo 184.3 LC). 6º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/ Murcia, 25 de junio de 2018.- La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.