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Concurso de acreedores

INTERNACIONAL DE COMERCIO E INDUSTRIA SA

CIF A28948628Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
527/10/201022/09/2017
Procedimiento
431/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal22/09/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 431/2010Auto 12/09/2017

    Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, Anuncio: Que en este Juzgado de lo Mercantil se han seguido autos de concurso abreviado número 431/2010, sobre la concursada Internacional de Comercio e Industria Sociedad anónima, en los que se ha dictado Auto Firme en fecha 12 de septiembre de 2017 acordando: Primero.-Que debo aprobar y apruebo la rendición de cuentas final presentada por la Administración Concursal en el concurso seguido en el Juzgado bajo el número 431/2010 sobre la mercantil Internacional de Comercio e Industria Sociedad anónima con Código de Identificación Fiscal A28948628 y en consecuencia acuerdo la conclusión del presente procedimiento. Segundo.-La aprobación o desaprobación de las cuentas no prejuzga la procedencia o improcedencia de la acción de responsabilidad de los administradores concursales. Se acuerda el cese de los miembros de la Administración Concursal. Tercero.-Se acuerda el cese de los efectos de la declaración del concurso sobre las facultades de administración y disposición del deudor, así como los efectos que tal declaración producen en los contratos en los que es parte la entidad declarada en concurso y sobre los acreedores de la concursada. Cuarto.-Se dispone la extinción y cierre de su hoja de inscripción en los registro públicos que corresponda, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. Y para que sirva de publicidad en forma expido y firmo la presente Madrid, 12 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal18/07/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridAuto 11/06/2013

    Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 431/10, referente al concursado Internacional de Comercio e Industria, S.A., con CIF A28948628, por auto de fecha 11 de junio de 2013 se ha acordado lo siguiente: 1.- Aprobar el plan de liquidación propuesto por la administración concursal. 2.- Formación de la Sección 6.ª, poniendo en conocimiento de los interesados que dentro de los diez días siguientes a la última publicación podrán personarse en la sección sexta. Madrid, 11 de junio de 2013.- La Secretaria Judicial.

  3. Apertura de liquidación27/12/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 431/2010Auto 04/12/2012

    Edicto María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, anuncia: Que en el procedimiento concursal 431/2010 referente al concursado Internacional de Comercio e Industria, S.A., por auto de fecha cuatro de diciembre de dos dos mil doce se ha acordado lo siguiente: 1. Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Internacional de Comercio e Industria, S.A., con C.I.F. A-28948628. 2. Abrir la fase de liquidación. 3. Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto uno anterior, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Madrid, 4 de diciembre de 2012.- La Secretaria Judicial.

  4. Otro acto concursal17/03/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 431/2010Auto 25/02/2011

    Edicto Doña María Jesús Palmero Sandín, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.) Anuncia 1.-Que en el procedimiento concursal número 431/2010 referente al deudor Internacional de Comercio e Industria, S.A., CIF A-28948628, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (L.C.), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.-Dentro del plazo de diez días computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado. Los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.-Las impugnaciones se tendrán que realizar por medio de Abogado y Procurador de los Tribunales. Madrid, 25 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.

  5. Otro acto concursal27/10/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 6 de MadridAuto 15/10/2010

    Edicto Dª. María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 6 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 431 /2010, por auto de 15 de octubre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Internacional de Comercio e Industria, S.A. con C.I.F. A-28948628, con domicilio en calle Puerto de Navacerrada, 90, Polígono Industrial Las Nieves, 28935 Móstoles (Madrid). 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en un diario de los de mayor difusión en Madrid, pero de edición nacional. 5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 15 de octubre de 2010.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.