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Concurso de acreedores
INTERGESTION 92 SA EN LIQUIDACION
CIF A80346067Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 10/07/2012 → 25/09/2013
- Procedimiento
- 252/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación25/09/2013⚖️ MADRIDProc. 252/2012Auto 14/02/2013
Edicto. Don Mariano Rodríguez Trotonda, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144 de la L.C., anuncia: Que en el procedimiento concursal número 252/2012 referente al concursado Intergestión 92, S.A., con C.I.F.: A-80346067, por auto de fecha 14 de febrero de 2013 se ha acordado lo siguiente: 1.- Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2.- La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3.- Declarar disuelta la concursada, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. Madrid, 6 de septiembre de 2013.- Secretario Judicial.
- Otro acto concursal10/07/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 252/2012Auto 12/06/2012
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 252/2012, con NIG 28079100035272012, por auto de 12 de junio de 2012, dictado por el Magistrado don Antonio Pedreira González, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Intergestión 92, S.A., con CIF A-80346067, y con domicilio social en la Avenida de Europa, n.º 17 (polígono 18, Apartotel La Moraleja), Alcobendas, Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración Concursal don José Eduardo Rodríguez de Brujón Fernández, C/ Lagasca, n.º 105, bajo derecha, 28006 Madrid, y en el correo electrónico: [email protected]. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 12 de junio de 2012.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.