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Concurso de acreedores

INSTITUT MEDIC OLIVE PIFARRE SL

CIF B62160817Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
615/09/201821/05/2021
Procedimiento
696/2018
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE BARCELONA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal21/05/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 7 de BarcelonaProc. 696/2018Auto 10/05/2021

    Edicto Rafael Huerta García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 696/2018 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de INSTITUT MEDIC OLIVE PIFARRE, S.L., con NIF B62160817, con domicilio en calle Vallespir 45, 08005 Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 10 de mayo de 2021.- El Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta García.

  2. Otro acto concursal21/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE BARCELONAProc. 696/2018Juez : MARÍA CONSOLACIÓN GONZÁLEZ SÁNCHEZAuto 15/01/2020

    Los personados podrán impugnar el Inventario y la Lista de acreedores, dentro del plazo de diez días a contar desde la notificación. Requerir partes personadas se pronuncien plazo diez días sobre beneficio de exoneración pasivo insatisfecho.

  3. Apertura de liquidación21/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE BARCELONAProc. 696/2018Juez : CONSUELO ROMERO SIEIRAAuto 30/05/2019

    AUTO DECLARACION DE CONCURSO Y SIMULTANEAMENTE CONCLUSION POR INSUFICIENCIA DE MASA ACTIVA

  4. Otro acto concursal19/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE BARCELONAProc. 696/2018Juez : FERNANDO SANTISO VAZQUEZAuto 30/07/2020

    1-Plan de liquidación de bienes y derechos elaborado por la Administración Concursal 2-Plazo de 15 días para formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

  5. Otro acto concursal19/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE BARCELONAProc. 696/2018Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 30/05/2019

    Se acuerda: 1. Abrir la fase de liquidación del convenio. 2. La suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. Se ha declarado disuelta la PESCADEHUELVA SL

  6. Declaración de concurso15/09/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de BarcelonaProc. 696/2018Auto 02/07/2018

    Edicto Rafael Huerta Garcia, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto: Concurso abreviado 696/2018 Sección: A. NIG: 0801947120188007153. Fecha del auto de declaración: 2 de julio de 2018. Clase de concurso: Abreviado. Entidad concursada: INSTITUT MÈDIC OLIVE PIFARRE, S.L., con B62160817, con domicilio en calle Vallespir, 45, 08005 - Barcelona. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Luis Rischak Martínez, de profesión Economista. Dirección postal: Calle Baldrich, 69 A, 8221 - Terrassa. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 112 - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 4 de septiembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Rafael Huerta Garcia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.