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Concurso de acreedores

INSTALEGARA SL

CIF B60407830Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
204/01/201106/03/2021
Procedimiento
729/2010
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal06/03/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de BarcelonaProc. 729/2010Auto 24/02/2021

    Don Juan Diego Carrillo Pantoja, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Barcelona, hago saber que En el concurso abreviado 729/2010 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de INSTALEGARA, S.L., con CIF B-60407830. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 481.1 LC) ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 24 de febrero de 2021.- Letrado de la Administración de Justicia, Juan Diego Carrillo Pantoja.

  2. Declaración de concurso04/01/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de BarcelonaProc. 729/2010Auto 18/11/2010

    Edicto de declaración de concurso. Jesús Santiago Ortego Briongos, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de Asunto.-Concurso 729/2010, Sección C. Fecha del Auto de declarción.-03/11/2010. Clase del Concurso: (Voluntario/abreviado). Entidad Concursada.- INSTALEGARA, S.L., con CIF n.° B-60407830, con domicilio en c/ Pompeu Fabra, n.° 185, de Terrassa (Barcelona). Administradores concursales.-Javier Martínez Cañuelo, titulado mercantil. Régimen de las facultades del concursaso.-Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles, con dirección en Gran Vía de les Corts Catalanes, n.° 111, edificio C, planta 13, Barcelona (08014), la existencia de sus créditos en el plazo de quince días a contar desde la publicación en el BOE. Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar en escrito independiente del escrito de comunicación de los respectivos créditos y ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles. Barcelona, 18 de noviembre de 2010.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.