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Concurso de acreedores

INSTALACIONES PAYGAM SL

CIF B92696509Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
227/07/201623/09/2019
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal23/09/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de MálagaAuto 23/05/2019

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga, ANUNCIA: Que en el procedimiento concursal 158/16 se ha dictado auto el 23 de mayo de 2019 por el que se acuerda la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de la entidad Instalaciones Paygam, S.L., con C.I.F. B92696509, por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa. La parte dispositiva dice literalmente lo siguiente: "Acordar la conclusión del presente procedimiento de concurso de acreedores de la entidad INSTALACIONES PAYGAM, S.L., con C.I.F. B92696509, por insuficiencia de masa activa para el pago de créditos contra la masa, por las razones expuestas en los fundamentos jurídicos de la presente, cesando las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes en este momento. Se acuerda la extinción de la sociedad, INSTALACIONES PAYGAM, S.L., con C.I.F. B92696509, debiendo procederse al cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Málaga, para lo cual se librará el correspondiente mandamiento con el testimonio de esta resolución. Acuerdo aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal en los términos y por las razones expuestas en el fundamento jurídico segundo de la presente. Contra esta resolución no cabe recurso alguno. Así lo acuerda, manda y firma don JUAN JOSÉ VIVAS GONZÁLEZ, Magistrado Juez de adscripción territorial del TSJ de Andalucía, adscrito en funciones de refuerzo en el Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Málaga." Málaga, 18 de septiembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díez.

  2. Otro acto concursal27/07/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MálagaAuto 06/05/2016

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Málaga en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 158/16, por auto de fecha 27/04/16 se ha declarado en concurso voluntario al deudor INSTALACIONES PAYGAM, S.L., con NIF B92696509, domicilio en Málaga y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Málaga. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que la administración concursal la integra D. Antonio López Rodríguez, provisto de DNI 79018214N; que lo hace en nombre y representación de la Sociedad Albor Concursal, S.L.P., entidad con domicilio avenida de Mijas, n.º 2, edificio Serrano, portal 2, 1.º D, y dirección postal 29651, vecino de Mijas (Málaga), Tfno.: 952469818, y con dirección de correo electrónico [email protected] que designa a los efectos de comunicación de créditos. 4.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el Juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Se hace saber a los interesados que de conformidad a los artículos 184 y 185 de la LC deberán personarse en la sección primera. 6.º Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal. Málaga, 6 de mayo de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.