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Concurso de acreedores

INSTALACIONES INDO SL

CIF B08923740Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
530/06/201225/07/2023
Procedimiento
335/2012
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONA · Mercantil - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/07/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 335/2012Juez : BERTA PELLICER ORTIZAuto 22/05/2023

    Acuerda reconocer a Enrique Pérez Pla el beneficio provisional del pasivo insatisfecho, aprovar el plan de pagos formulado y la conclusión del conciurso aprobándose las cuentas formulades. Ver resolución completa en archivo adjunto.

  2. Conclusión del concurso24/05/2023
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 335/2012Juez : Berta Pellicer OrtizAuto 22/05/2023

    Acuerdo la CONCLUSIÓN del concurso de la mercantil INSTALACIONES INDO, S.L.U. con CIF B08923740, dando por concluido el concurso en todas sus secciones.

  3. Otro acto concursal14/04/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 335/2012Juez : Rosalía Osorio TenorioAuto 13/04/2023

    En el concurso de INSTALACIONES INDO, S. la AC ha presentado solicitud de conclusión e informe de rendición de cuentas. Se pone de manifiesto para que las partes interesadas en plazo de 15 d puesan impugarno (478TRLC)

  4. Conclusión del concurso24/01/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE BARCELONAProc. 335/2012Juez : RAFAEL HUERTA GARCIAAuto 22/05/2023

    SE HA ACORDADO EL CESE DE LAS LIMITACIONES A LAS FACULTADES DE ADMINISTRACION Y DISPOSICION DE LA PARTE CONCURSADA SUBSISTENTES EN ESE MOMENTO

  5. Declaración de concurso30/06/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 335/2012Auto 15/05/2012

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña Natalia Ramos Lain, Secretario/a judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Habo saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 335/2012, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Instalaciones Indo, S.L.U., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto: Concurso Voluntario 335/2012 Sección C4. NIG del Procedimiento: 0801947120128000193. Entidad concursada: Instalaciones Indo, S.L.U., con CIF B08923740. Tipo de Concurso: Voluntario. Fecha del Auto de Declaración: 15 de mayo de 2012. Administradores Concursales: Don Gregori Rodrigo Cabedo (economista), como administrador concursal único, con correo electronico [email protected]. Facultades del Concursado: Suspendidas. Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los Acreedores y comunicación de créditos conforme al Art. 85 LC: Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos, La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que efecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los Autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaria Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 15 de junio de 2012.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.