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Concurso de acreedores
INSTAL.LACIONS ELECTRIQUES ABATEC SL
CIF B64668767Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 26/06/2012 → 19/12/2017
- Procedimiento
- 204/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal19/12/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de BarcelonaProc. 204/2012Auto 12/12/2017
Don Francisco Velasco García-Plata, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 204/2012 se dicto un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Instal.lacions Electriques Abatec, S.L., con NIF B64668767, con domicilio en Calle Quinze D´Agost, 89-90 Urb. Corral Dén Roc, Buzon 60, Vilanova i la Geltrú. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 12 de diciembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso26/06/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de BarcelonaProc. 204/2012Auto 10/05/2012
Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado: De lo Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Via de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio c, 12.ª planta. Número de asunto: Concurso voluntario 204/2012 5.ª Tipo de concurso: Voluntario. Entidad instante del concurso y NIF: Instal.lacions Elèctriques Abatec, S.L. CIF B64668767. Fecha del auto de declaración: 10 de mayo de 2012. Administradores concursales: Don Vicente Puchol Aliaga, con DNI 73908746-V, domiciliado en Barcelona, c/ Roger de Lluria, 112, 5.º 2.ª, como administrador concursal, con correo electrónico [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial, se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado y Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 18 de mayo de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.