Concurso de acreedores
INOXYBEL SAL
CIF A31013659Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 02/10/2012 → 13/10/2021
- Procedimiento
- 217/2012
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PAMPLONA · MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña anuncia: Primero
Cronología del expediente
- Otro acto concursal13/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PAMPLONA Proc. 217/2012Juez : PATRICIA CLEMENTE PUEBLAAuto 14/07/2021
10 DIAS PARA IMPUGNAR INVENTARIO Y LISTA DE ACREEDORES
- Conclusión del concurso13/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PAMPLONA Proc. 217/2012Juez : PATRICIA CLEMENTE PUEBLAAuto 14/07/2021
10 DIAS PARA IMPUGNAR INVENTARIO Y LISTA DE ACREEDORES
- Conclusión del concurso21/07/2021⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 217/2012Juez : MERCEDES DE AVILA ALZUAuto 14/07/2021
ACUERDA LA CONCLUSIÓN DEL CONCURSO Y ARCHIVO DEL PROCEDIMIENTO. Se declaran aprobadas las cuentas rendidas y el cese del administrador concursal. Se acuerda la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil de Navarra
- Otro acto concursal06/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/IruñaAuto 24/09/2012
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000217/2012 referente al concursado Inoxybel, SAL, con CIF: A31013659 con domicilio en carretera Zaragoza, 37, de Tafalla, por auto de fecha 24 de septiembre de 2012 se ha acordado lo siguiente: 1. Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de la entidad mercantil Inoxybel, SAL. 2. Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC. Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el B.O.E. cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Dentro de los quince días siguientes a la expiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentaran un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Pamplona/Iruña, 24 de septiembre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
- Otro acto concursal02/10/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña anuncia: PrimeroAuto 20/09/2012
El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña anuncia: Primero.-Que en el procedimiento concursal número 0000217/2012 referente al deudor "Inoxybel, S.A.L.", con CIF: A-31013659, con domicilio en carretera Zaragoza, 37, de Tafalla, se ha presentado el informe de la administracion conclursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Segundo.-En resolución de esta misma fecha se ha acordado comunicar la presentación de dicho informe en el tablón de anuncios del Juzgado, así como en el BOE. Dentro del plazo de diez días, computado desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, cuyos destinatarios son todos los acreedores no personados en el presente concurso de la entidad concursada, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Tercero.-Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Pamplona/Iruña, 20 de septiembre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.