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Concurso de acreedores
INNOVATIONS INTERNATIONAL CATALOGUE SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B85969160Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 04/05/2013 → 02/02/2024
- Procedimiento
- 35/2013
- Juzgado
- Mercantil - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal02/02/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 35/2013Juez : EVA ALBA PULIDOAuto 15/01/2024
se declara culpable al del concurso a la entidad innovations international catalogue slu y a las personas afectadas
- Otro acto concursal04/05/2013⚖️ JAÉNProc. 35/2013Auto 04/04/2013
El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 35/2013, por auto de 22-3-13 se ha declarado en concurso voluntario a la entidad Innovations International Catalogue, S.L.U., con domicilio en Cl. Esteban Ramírez Martínez, n.º 2, de Jaén, y con CIF n.º B85969160. 2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido Solventia Empresarial, S.L.P., con CIF B23690647, que ha designado a D. Andrés Almagro Cordón, con DNI n.º 26018805D, como persona que representará a la Administración en el ejercicio del cargo con domicilio en C/ Avda. de Granada, n.º 1, 1.º B 2, de Jaén y dirección electrónica: [email protected]. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Jaén, 4 de abril de 2013.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.