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Concurso de acreedores
INMUEBLES CONGESSA SA
CIF A62564307Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 7 — 24/10/2015 → 29/05/2024
- Procedimiento
- 743/2015 · 743/2015-A
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONA · Mercantil - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona
- Administración concursal
- D
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso29/05/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 743/2015Juez : MARIA JOSE FERNANDEZ ALCALAAuto 30/01/2024
AUTO APROBANDO PLAN DE LIQUIDACION
- Conclusión del concurso16/02/2024⚖️ Mercantil - 2Proc. 743/2015-AJuez : ALVARO LOBATO LAVINAuto 30/01/2024
EDICTO ANUNCIA CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal19/12/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 743/2015-AJuez : ALVARO LOBATO LAVINAuto 21/09/2023
EDICTO ANUNCIA SOLICITUD CONCLUSIÓN CONCURSO
- Otro acto concursal19/11/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 743/2015-AJuez : ALVARO LOBATO LAVINAuto 21/09/2023
EDICTO ANUNCIA SOLICITUD CONCLUSIÓN CONCURSO
- Otro acto concursal19/11/2023⚖️ Mercantil - 2Proc. 743/2015-AJuez : ALVARO LOBATO LAVINAuto 21/09/2023
EDICTO ANUNCIA SOLICITUD CONCLUSIÓN CONCURSO
- Otro acto concursal08/04/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 743/2015Juez : Montserrat Morera RansanzAuto 30/01/2024
Acuerdo la conclusión de concurso de la mercantil CABALLOL 1917, SL, dando por concluido el concurso en todas sus secciones y cesando todos los efectos de la declaración de concurso, sin perjuicio de su posible reapertura en caso de aparición
- Otro acto concursal24/10/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 743/2015Auto 14/09/2015
Edicto. Don Luis Miguel Gonzalo Capellín, Secretario judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho juzgado se tramita el proceso concursal 743/2015 en el que se ha dictado con fecha 14 de septiembre de 2015 auto declarando en estado de concurso a la entidad INMUEBLES CONGESSA, S.A., con CIF A62564307 y mandando darle publicidad con los siguientes datos: NIG del procedimiento: 08019 - 47 - 1 - 2015 - 8007043. Tipo del concurso: Voluntario. Se ordena la intervención por la administración concursal de las facultades de administración y disposición de la entidad en concurso. Concursada: INMUEBLES CONGESSA, S.A., con domicilio en c/ Maestro Nicolau, 8, 1.º, 1.ª, de Barcelona. Administrador concursal: D. Raúl Lorente Sibina, con domicilio en c/ Josep Tarradellas, 123-127, 5.º B, de Barcelona, con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme art. 85 de la Ley Concursal: los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. S se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta secretaria judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 15 de septiembre de 2015.- El Secretario judicial, Luis Miguel Gonzalo Capellín.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.