Concurso de acreedores
INMOSPANUK SL
CIF B63330146Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 10/06/2009 → 09/05/2017
- Procedimiento
- 455/2009 · 5/2009
Cronología del expediente
- Declaración de concurso09/05/2017⚖️ BARCELONAProc. 455/2009Auto 11/04/2017
Edicto Don Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 7 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 455/2009 se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Inmospanuk., Sociedad Limitada, con NIF B63330146, declarando la extinción de dicha sociedad y el cese de los efectos de la declaración de concurso, así como de la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. Dicha resolución declara aprobadas las cuentas presentadas por la Administración Concursal. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (artículo 177.1 LEC) ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 11 de abril de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal10/06/2009⚖️ BARCELONA.Proc. 5/2009Auto 27/05/2009
Doña Pilar Vives Requena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y Provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 455/09-B, en el que se ha dictado con fecha 20/5/2009, Auto declarando en estado de Concurso Voluntario Abreviado a la empresa Inmospanuk, S.L., con B-63330146, y domicilio en Begues (Barcelona), C/ Alp, 22, con sus facultades intervenidas. Plazo para comunicación de créditos: Quince días, a partir de la publicación del presente edicto en el BOE. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. La comunicación de los créditos y la personación deberá realizarse ante la Unidad de Apoyo Concursal sita en Ronda Sant Pere, 41, 5.ª planta, 08010 Barcelona. Barcelona, 27 de mayo de 2009.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.