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Concurso de acreedores
INMOBILIARIA DE ARQUITECTURA FUNCIONAL SA
CIF A39329156Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 13/09/2014 → 21/05/2019
- Procedimiento
- 10/2014
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso21/05/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SantanderProc. 10/2014Auto 15/05/2019
Edicto D./D.ª María de las Nieves García Pérez Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Santander, Hago saber: Que en el procedimiento de referencia concurso ordinario 10/2014 se ha acordado por Auto de fecha 15 de mayo de 2019, lo siguiente: 1. Se declara concluso el presente concurso por insuficiencia de masa activa del concursado INMOBILIARIA DE ARQUITECTURA FUNCIONAL, S.A. CIF A39329156, procediéndose al archivo de las actuaciones. 2. Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la Administración Concursal. 4. Se acuerda el cese de la administración concursal. 5. Se acuerda la extinción de la persona jurídica de INMOBILIARIA DE ARQUITECTURA FUNCIONAL, S.A. CIF A39329156 y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda a cuyo efecto se expedirá mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Santander conteniendo testimonio de la resolución firme. Anúnciese la conclusión del concurso por medio de edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado y gratuitamente en el BOE y en el Registro Público Concursal. Santander, 16 de mayo de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, María de las Nieves García Pérez.
- Otro acto concursal13/09/2014⚖️ SANTANDERProc. 10/2014Auto 09/01/2014
Marta Isabel Tejedor Salagre, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 1 de Santander, hago saber: 1.- Que en el procedimiento concursal 10/2014, por auto de fecha 9 de enero de 2014 se ha declarado en concurso al deudor Inmobiliaria de Arquitectura Funcional, S.A., con CIF n.º A-39329156 y con domicilio en calle Río Danubio, n.º 1, planta 1.ª, Oficina 15, Santander. 2°.- Que el deudor conserva en sus facultades de administración y de disposición de su patrimonio, quedando sujeto en el ejercicio de las mismas al régimen de intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y como publicidad complementaria en la página Web del Tsjc. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Le). 5º Que ha sido designado administrador concursal "Elicegui, Echevarría y Sainz, administración concursal, S.L.P.". y, en su nombre Laura Echevarría Fernández con DNI 72131469-L y Tomás Sainz Vázquez con DNI 45078062-V, este a los efectos del articulo 27.1.3° de la LC, y con domicilio profesional en C/ Vargas, n.º 47, escalera derecha 2.º de Santander, Cantabria. Teléfono: 942236146-610444973. Fax: 942760926. Santander, 1 de septiembre de 2014.- El/la Secretario.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.