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Concurso de acreedores
INMOBILIARIA CONSTRUCCIONES BASAÑEZ SOCIEDAD LIMITADA
CIF B95379665Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 30/12/2017 → 01/08/2023
- Procedimiento
- 804/2017
- Juzgado
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil nº1 de Bilbao
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso01/08/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 804/2017Juez : MARCOS BERMUDEZ AVILAAuto 04/07/2023
Se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso por finalización de la fase de liquidación. Ver edicto anexo.
- Otro acto concursal05/06/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 804/2017Juez : FERNANDA ABIEGA GILAuto 01/06/2023
INFORME FINAL DE LIQUIDACIÓN Y RENDICIÓN DE CUENTAS. VER ANEXOS
- Otro acto concursal30/12/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº1 de BilbaoProc. 804/2017Auto 22/11/2017
El Juzgado de lo Mercantil nº1 de Bilbao, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal ( LC), Anuncia 1- Que en el procedimiento número 804/2017, NIG nº 48.04.2-17/024954, por auto de 22/11/2017 se ha declarado en concurso necesario al deudor Inmobiliaria Construcciones Basáñez S.L.U., con CIF B95379665, con domicilio en Bilbao y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Bilbao. 2.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3.- Que la administración concursal está integrada por D.Iñigo Gutiérrez Allue, DNI 30622252Y con domicilio a efecto de notificaciones en Bilbao, Alameda Mazarredo 15-6º D, email: [email protected] 4.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 5.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC) 6.- Que las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal: www.publicidadconcursal.es Bilbao, 22 de noviembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.