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Concurso de acreedores

INMO-ROBEL SL

CIF B30788806Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
231/10/201326/11/2018
Procedimiento
291/2013 · 2013/0000
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal26/11/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm.1 de MurciaProc. 291/2013Auto 22/11/2018

    EDICTO Dña. Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm.1 de Murcia. Anuncia 1.-Que en este Órgano judicial se tramita concurso voluntario 291/2013 de Inmorobel, S.L, con Cif n.º B-30788806, en el que se ha dictado el día 21/11/2018 auto acordando la conclusión y archivo del procedimiento. 2.- El auto se fundamenta en las causas previstas en el artículo 176 de la Ley Concursal. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23 y 177.3 de la Ley Concursal, se expide el presente. Doy fe. Murcia, 22 de noviembre de 2018.- El Letrada de la Administracion de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

  2. Declaración de concurso31/10/2013
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 2013/0000Auto 18/10/2013

    Edicto. Doña María del Carmen Navarro Esteban, Secretario/a Judicial del Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000291 /2013 y NIG n.º 30030 47 1 2013/0000581 se ha dictado en fecha 17/10/2013 Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor Inmorobel, S.L., con CIF n.º B-30788806 y domicilio social en Barrio de la Concepción calle Gardenias, n.º 17, Cartagena (Murcia). 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor por la administración concursal nombrada, las que serán sometidas a su autorización y conformidad. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá comunicarse a la administración concursal que luego se dirá directamente y en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (Art. 184.3 Ley Concursal). 5.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal mercantil1.www.oficinajudicialmurcia.es 6.º Que ha sido nombrado Administrador Concursal Consorcio Concursal, SLP, con CIF B-73736647, con domicilio profesional en c/ Riquelme, n.º 20, 3.º B, Murcia 30005, teléfono 968213874, fax 968220058 y email administració[email protected] el que en virtud del Art. 30 de la Ley Concursal ha designado como persona natural que haya de representarla en el ejercicio de su cargo a Antonio García Díaz, con DNI 27.463.351V, el que ha aceptado el cargo en fecha 18/10//2013. Murcia, 18 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.