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Concurso de acreedores

INMO OBRAS BALEAR SL

CIF B16573727Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
402/03/202103/09/2021
Procedimiento
35/2021
Juzgado
MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil 2 de Palma de Mallorca

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal03/09/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 35/2021Juez : MARGARITA JUAN LOSAAuto 28/04/2021

    se ha presentado informe de la administración concursal pudiendo impugnarse por los interesados en el plazo de 10 días desde la última de las publicaciones

  2. Otro acto concursal30/07/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 35/2021Juez : MARGARITA JUAN LOSAAuto 27/07/2021

    Auto de aprobación del plan de liquidación presentado por la administración concursal

  3. Declaración de concurso15/03/2021
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 2 de Palma de MallorcaProc. 35/2021Auto 10/03/2021

    Edicto. Margarita Juan Losa, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 2 de Palma de Mallorca, Por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el n.º 35/2021 A (nig: 07040 47 1 2021 0000105) se ha dictado en fecha 5/02/2021 auto de declaración de concurso voluntario del deudor INMO OBRAS BALEAR, S.L.U, con CIF B 16573727. 2º.- El concursado tiene suspendidas las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituidas por la Administración Concursal. 3º.- Se ha nombrado Administrador Concursal a PEDRO ANTONIO COLL PONS con domicilio profesional en calle Luis Vives, n.º 9, 1.º, C.P. 07003 (Palma), y correo electrónico para notificaciones del presente procedimiento [email protected], la dirección postal donde efectuar comunicación de créditos es la misma que el despacho para el ejercicio del cargo. 4º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. 5º.- Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el «Boletín Oficial del Estado», mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicadas. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 6º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artº 184.3 Ley Concursal). 7º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es Palma de Mallorca, 10 de marzo de 2021.- La Letrada de la Administración de Justicia, Margarita Juan Losa.

  4. Declaración de concurso02/03/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 35/2021Juez : MARGARITA JUAN LOSAAuto 22/01/2021

    AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO VOLUNTARIO

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.