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Concurso de acreedores

INGEAS SOLUCIONES ENERGETICAS SL

CIF B33512526Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
323/07/201320/05/2014
Procedimiento
00002/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal20/05/2014
    ⚖️ OVIEDOAuto 14/04/2014

    Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 2/13 (NIG 33044 47 1 2012 0000617), relativo al deudor Ingeas Soluciones Energéticas, S.L., con CIF B-33512526, en el cual, con fecha 14 de abril de 2014, se ha dictado Providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal, de los Textos Definitivos. Se acuerda en dicha resolución la apertura de la sección sexta de calificación estableciendo que desde la última publicación de la referida providencia, la cual se ordena publicar mediante edicto en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Boletín Oficial del Estado, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, tendrá un plazo de diez días para personarse, formular alegaciones, y ser parte en la mencionada sección sexta. Oviedo, 14 de abril de 2014.- La Secretaria judicial.

  2. Otro acto concursal11/12/2013
    ⚖️ OVIEDOAuto 15/10/2013

    Doña M.ª Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Oviedo, Hago saber: Que en este Juzgado se tramita procedimiento concursal número 2/13 (N.I.G. 33044 47 1 2012 0000617), relativo a Ingeas Soluciones Energéticas, S.L., con CIF B-33512526, en el cual con fecha 15 de octubre de 2013, se ha dictado providencia anunciando la presentación, por parte de la Administración Concursal, del informe a que se refieren los artículos 74 y 75 de la Ley Concursal. Se acuerda igualmente en dicha resolución que los interesados podrán impugnar tanto el inventario de bienes y derechos como la lista de acreedores en aquello que estimen que les es perjudicial. El plazo para verificar esa impugnación es de 10 días, que respecto a los no personados en el procedimiento, se computará desde la última publicación de este edicto, publicación que se ha acordado realizar en este Diario y en el tablón de anuncios del Juzgado. Oviedo, 15 de octubre de 2013.- La Secretaria Judicial.

  3. Otro acto concursal23/07/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de OviedoProc. 00002/2013Auto 26/03/2013

    Doña María Amor Rodríguez Díaz, Secretaria Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Oviedo, por el presente hago saber: 1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 00002/2013 y NIG n.º 33044 47 1 2012 0000617 se ha dictado en fecha 26 de marzo de 2013 auto declarando en concurso voluntario y abreviado al deudor Ingeas Soluciones Energéticas S.L., con CIF B-33512526, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Langreo, calle Olmos Llameres, n.º 9, Polígono Industrial Riaño I Parcela 33-c 33920. 2.º- Se ha nombrado Administrador Concursal a Julio Álvarez Rivas, quien ha designado al objeto de que los acreedores efectúen la comunicación de créditos prevista en el artículo 85 de la Ley Concursal y cualquier otro acto de comunicación con la Administración Concursal, el siguiente domicilio postal: Avenida de Europa n.º 12 bajo Colloto CP 33010 y la siguiente dirección electrónica: [email protected] pudiendo dirigir los acreedores concursales sus comunicaciones de créditos y cualquier otra comunicación, a uno u otro, a su elección, pero no presentarlas en el Juzgado, que podrá no tener por bien hecha la comuniación del crédito, con las consecuencias que de ello pueden derivarse en la clasificación del crédito comunicado. El horario de atención al público facilitado por la Administración Concursal es de lunes a jueves de 10:30 horas a 13:30 horas en horario de mañana. Los acreedores deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el BOE, y dicha comunicación deberá efectuarse cumpliendo los requisitos previstos en el artículo 85 de la Ley Concursal. 3º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor. Oviedo, 2 de julio de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.