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Concurso de acreedores

INFORMATICA JOSMAN SL

CIF B08872640Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 08/10/2015 → 12/07/2023
Procedimiento
594/2015
Juzgado
MERCANTIL - 10

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso12/07/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 594/2015Juez : Ignacio Fernández de SenespledaAuto 11/07/2023

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  2. Otro acto concursal09/05/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 10Proc. 594/2015Juez : M.José Hompanera GonzálezAuto 08/05/2023

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  3. Declaración de concurso08/10/2015
    ⚖️ BARCELONAProc. 594/2015Auto 08/09/2015

    Edicto dando publicidad a la Declaración de Concurso Maria José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111 edificio C planta 13 de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 594/2015-B. Tipo de concurso.- Concurso Voluntario Abreviado. Entidad instante del concurso y CIF.- Informática Josman, S.L. CIF B08872640. Fecha del auto de declaración.- 8 de septiembre de 2015. Administradores concursales.- Fernando Garriga Ariño, con domicilio calle Calabria, 106 entlo. 08015 Barcelona (Barcelona) y Teléfono n.º 93 318 19 48 y en calidad de Abogado y dirección electrónica: [email protected] Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el "Boletín Oficial del Estado". La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración Concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 14 de septiembre de 2015.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.