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Concurso de acreedores

INFINITY FITNESS SL

CIF B86902509Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
620/10/201620/11/2023
Procedimiento
469/2016
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Convenio de acreedores20/11/2023
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 469/2016Auto 07/11/2023

    Auto de apertura de la Fase de Convenio

  2. Otro acto concursal25/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 469/2016Juez : MIGUEL ANGEL NAVARRO ROBLESAuto 07/11/2023

    VER RESOLUCION EN EL ANEXO

  3. Convenio de acreedores19/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 469/2016Juez : DAVID FERRANDO LOPEZAuto 26/11/2019

    SE DESIGNA ADMINISTRADOR CONCURSAL AL MEDIADOR CONCURSAL NOMBRADO EN SU DÍA

  4. Otro acto concursal10/03/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 469/2016Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 26/11/2019

    Declarar finalizada la fase común y abrir la fase de liquidación.

  5. Otro acto concursal10/03/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 469/2016Juez : JUAN ENRIQUE TEVAR FERNANDEZAuto 26/11/2019

    En fecha 27/02/2020 se ha dictado Auto de conclusión del Concurso de SNACKS IMPULSO SLU por inexistencia de bienes y derechos habiéndose aprobado rendición de cuentas presentada por la administración concursal

  6. Declaración de concurso20/10/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de MadridProc. 469/2016Auto 07/10/2016

    Edicto Doña María Luisa Pariente Vellisca, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, Anuncia 1.-Que en el Concurso Abreviado 469/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0115414, por auto de fecha 7 de octubre de 2016 se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a INFINITY FITNESS, S.L., con CIF n.º B86902509, y domiciliado en C/ Aguilón, 3-5, local – 28045 – Madrid. 2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso. 3.-Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. 4.-La identidad de la Administración concursal es don EMILIANO OCHOA GARCÍA, con domicilio postal en C/ Fernández de la Hoz, n.º 31, 1.º Ctro Izq – 28010 - Madrid y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. Las comunicaciones de créditos efectuadas ante este Juzgado se tendrán por no realizadas. 5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. Madrid, 7 de octubre de 2016.- Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.