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Concurso de acreedores

INEXTRAMA SPAIN SL

CIF B82817438Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
627/01/201119/10/2021
Procedimiento
670/2010 · 12/2010
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal19/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 670/2010Juez : Alfredo Villaescusa GarciaAuto 11/12/2019

    Declarar a D. ANTONY FRANCISCO BOURGEON URBANEJA con número de NIE Y3910515T , casado en régimen legal de separación de bienes con Dª. ADRIANA CAROLINA FERNANDEZ MEDINA , con domicilio en calle Ronda del Paísos Catalans nº 38, Esc. 1, 5º 3ª, 08304

  2. Otro acto concursal19/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 670/2010Juez : María Carmen Fernández HidalgoAuto 11/12/2019

    ACUERDO: Primero.- Reconocer a MIREIA POL ROCA el beneficio de la exoneración definitiva, exoneración que alcanza a todo el pasivo no satisfecho con la masa activa. El pasivo no satisfecho a que alcanza la exoneración es la lista que figura en e

  3. Conclusión del concurso19/10/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MADRID Proc. 670/2010Juez : Rafael Huerta GarciaAuto 11/12/2019

    En el Concurso consecutivo 2753/2019 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Maria Victoria Aragón Monfort, con NIF 44419528L.

  4. Otro acto concursal16/01/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridProc. 670/2010Auto 10/12/2019

    Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 670/2010 por auto de fecha 10/12/2019 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3, de la mercantil INEXTRAMA SPAIN, S.L. con C.I.F. B-82817438. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción. Madrid, 10 de diciembre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Juan Luis Ramos Mendoza.

  5. Apertura de liquidación13/12/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MadridAuto 28/11/2012

    Edicto. Doña Cristina Pousa Blasco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento concursal número 670/10, referente al concursado Inextrama Spain, S.A., CIF: B-82817438, por auto de fecha 7 noviembre de 2012, se ha acordado lo siguiente: 1. Abrir la fase de liquidación del concurso a petición del deudor. 2. Acordar la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio. 3. El cese de sus Administradores que serán sustituidos por la administración concursal. Madrid, 28 de noviembre de 2012.- Secretaria Judicial.

  6. Otro acto concursal27/01/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de MadridProc. 12/2010Auto 20/12/2010

    Edicto Doña Inmaculada Rejas de Francisco, Secretario del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el Concurso Voluntario Abreviado número 670/10, por auto de 20/12/2010 se ha declarado en concurso de acreedores a la mercantil Inextrama Spain, S.L, con CIF B-82817438, con domicilio en la Calle Cronos, nº 18, 3º CP: 28037- (Madrid), coincidente con su centro de sus principales intereses. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar desde la publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, de forma gratuita, de conformidad con el RDL 3/09. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 20 de diciembre de 2010.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.