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Concurso de acreedores

INETFACTOR SL

CIF B63133615Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
1 — 06/06/2017 → 06/06/2017
Procedimiento
205/2017
Administración concursal
Forensic Solutions, S.L.P.

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso06/06/2017
    ⚖️ BARCELONAProc. 205/2017Auto 17/05/2017

    Edicto M.ª José Hompanera González, la Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.° 10 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto: Concurso abreviado 205/2017, Sección: B. NIG: 0801947120168007009. Fecha del auto de declaración. 17 de mayo de 2017. Clase de concurso: Voluntario. Entidad concursada: Inetfactor, S.L., con B63133615, con domicilio en calle de la Industria, s/n, 08780 - Pallejá. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Forensic Solutions, S.L.P., quien designa a Bárbara Pitarque Villaescusa. Dirección postal: Pl. Francesc Maciá, 4, 4.º, 2.ª, de Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 23 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.