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Concurso de acreedores

INDUSTRIAS MAG SOCIEDAD LIMITADA

CIF B46011052Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
318/06/201101/08/2016

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso01/08/2016
    ⚖️ VALENCIAAuto 06/11/2013

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 496/11 voluntario, de la deudora concursada Industrias Mag, S.L., con CIF n.º B46011052 con domicilio en la calle San Vicente 204-bajo, Valencia en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 6 de noviembre de 2013 por el Ilmo. Sr. Magistrado Juez por el que se ha acordado haber lugar a la conclusión del concurso por inexistencia de bienes y al archivo de las actuaciones, habiéndose declarado la extinción de la mercantil mencionada y el cierre de la hoja de su inscripción en los Registros Públicos que corresponda. El deudor queda responsable del pago de los créditos restantes y los acreedores podrán iniciar ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso (art. 178 de la LC.) Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 6 de noviembre de 2013.- El Secretario Judicial.

  2. Apertura de liquidación18/01/2012
    ⚖️ VALENCIAAuto 15/12/2011

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de concurso abreviado 496/11 voluntario, de la deudora concursada Industrias Mag, S.L., con CIF n.º B-46011052, con domicilio en la Calle San Vicente 204-bajo, Valencia en cuyo seno se ha dictado auto de fecha 15 de diciembre de 2011 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez, por el que se ha procedido a la apertura de la fase de liquidación en el presente concurso, habiéndose acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio de la empresa concursada con los efectos previstos en el Titulo III de la Ley Concursal, la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por el administrador concursal, así como el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones, dándole a dicha resolución la publicidad acordada en la misma conforme al artículo 144 de la Ley Concursal, y disponiendo de un plazo de diez días desde la publicación ordenada en el BOE para que cualquier acreedor o persona con interés legítimo pueda personarse en debida forma, por escrito, en la Secc. 6.ª de calificación del concurso a los efectos previstos en el art. 168 de la Ley Concursal. Y de conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para conocimiento de los acreedores y demás interesados. Valencia, 15 de diciembre de 2011.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso18/06/2011
    ⚖️ VALENCIAAuto 01/06/2011

    Don Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado voluntario número 496/11, habiéndose dictado en fecha 1 de junio de 2011 por el Ilmo. Sr. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de Industrias Mag, S.L., con domicilio en calle San Vicente 204-bajo, Valencia y CIF B-46011052, inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, Registro Mercantil de Valencia, al tomo 4875, de la Sección General del Libro de Sociedades, libro 2184, folio, 1, hoja V-34344. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la concursada, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el BOE puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario Abogado y Procurador. Valencia, 1 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.