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Concurso de acreedores

INDUSTRIAS GUTIERREZ BORRELLA SL

CIF B82043696Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
326/11/201128/12/2020
Procedimiento
456/2011
Juzgado
MERCANTIL - 4 · Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso28/12/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 456/2011Juez : FATIMA DURAN HINCHADOAuto 10/12/2020

    En concurso voluntario 45/2011 de INDUSTRIAS GUTIERREZ BORRELLA S.L. se ha dictado el 10 diciembre 2020 Auto por el que se ha declarado conclusión concurso por cumplimiento de convenio. Asimismo se acuerda archivo por firmeza Auto cumplido convenio

  2. Declaración de concurso14/09/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 4Proc. 456/2011Juez : FATIMA DURAN HINCHADOAuto 02/09/2020

    Que en el procedimiento de Concurso de acreedores 456/2011 del deudor INDUSTRIAS GUTIERREZ BORRELLA S.L. CIF B82043696 se ha dictado con fecha 2 de septiembre de 2020 Auto por el que se declara íntegramente cumplido el convenio suscrito.

  3. Otro acto concursal26/11/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de MadridProc. 456/2011Auto 08/11/2011

    El Juzgado de lo Mercantil N.º 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia Primero.- Que en el procedimiento número 456/2011, por auto de ocho de noviembre de 2011 se ha declarado en concurso voluntario al deudor INDUSTRIAS GUTIÉRREZ BORRELLA, S.L. CIF B 82043696 inscrita en el Registro Mercantil de Madrid al tomo 13.302 hoja M-215.577 con domicilio en Ciempozuelos (Madrid) Polígono Industrial Los Huertecillos calle Olmo n.º 9 parcela 1-1 Nave n.º 2. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas ala intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 8 de noviembre de 2011.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.