InicioJusticiaINDUSTRIAS DE LA MADERA CUBEIRO SL

Concurso de acreedores

INDUSTRIAS DE LA MADERA CUBEIRO SL

CIF B15156375Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
212/03/201330/09/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de A Coruña Hago Saber: · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/09/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de A Coruña Hago Saber:Auto 28/07/2017

    Edicto D. Fernando Santiso Vázquez Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil N.º 2 de A Coruña Hago Saber: En este órgano judicial se tramita Concurso Ordinario 000045/2013-L seguido contra Industrias de la Madera Cubeiro, S.L. sobre en los que, por resolución de fecha 28 de julio de 2017 se ha acordado Auto de Conclusión del Concurso por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, que contiene entre otros los siguientes pronunciamientos: "Parte Dispositiva 1. Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de Industrias De La Madera Cubeiro S.L., C.I.F. B-15.156.375, con domicilio social en el Polígono de Espíritu Santo, Rúa Bell 57-59 de Cambre, Coruña; con los efectos legales inherentes. 2. Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 3. Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese del administrador concursal. 4. Se acuerda la extinción de la sociedad Industrias De La Madera Cubeiro, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil (inscrita en el Registro Mercantil de Coruña, Tomo 647, Libro 154, Folio 85, Hoja C-4.013) y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme. 5. Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado. 6. Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente. Modo De Impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC) Así lo manda y firma S.Sª Dª. María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Coruña. Doy fe." Y para que sirva de notificación y su publicación en el Boletín Oficial del Estado, expido el presente Edicto. A Coruña, 19 de septiembre de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal12/03/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A CoruñaAuto 21/02/2013

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC) anuncia: 1º.- Que en el Procedimiento 45/13-L, por Auto de 21 de febrero 2013 se ha declarado en concurso Voluntario a la entidad deudora Industrias de la Madera Cubeiro, S.L., con CIF B15156375, y domicilio social en Polígono Espíritu Santo, Rua Bell, 57-59, Cambre, A Coruña, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicha localidad. 2º.- Que la deudora declarada en concurso conservará las facultades de aministración y disposición de su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de esas facultades a la intervención del administrador concursal, mediante su autorización o conformidad. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes, a contar desde la publicación del anuncio en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 de la LC). 5º.- Que ha sido nombrado administrador concursal único el titulado mercantil don Jorge Sanjurjo Sáez, con domicilio a efectos de presentación de créditos en Avda. Linares Rivas, 18-21, 6º D, 15005 A Coruña, y correo electrónico: [email protected] A Coruña, 21 de febrero de 2013.- El/La Secretario/a.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.