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Concurso de acreedores
INDUSTRIAS CLIBU SL
CIF B60561891Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 30/12/2013 → 17/07/2020
- Procedimiento
- 694/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA
- Administración concursal
- El letrado D
Cronología del expediente
- Otro acto concursal17/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONAProc. 694/2013Juez : JOSE PABLO CARRERA FERNANDEZAuto 21/07/2015
Por auto de 10 de julio de 2019 se declara la conclusión y archivo del concurso seguido contra Iñigo Ayuso Martín
- Conclusión del concurso22/01/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONAProc. 694/2013Juez : JAVIER QUINTANA ARNADAAuto 21/07/2015
CONCLUSION CONCURSO
- Declaración de concurso30/12/2013⚖️ BARCELONAProc. 694/2013Auto 16/12/2013
Edicto de declaración de concurso. Francesc Xavier Rafi Roig Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil nº 9 de los de Barcelona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Número de asunto: Concurso 694/2013 Sección C4. Fecha del auto de declaración: 11/12/2013. Clase concurso: Voluntario Abreviado. Entidad Concursada: Industrias Clibu, S.L., con domicilio social en C/ Extremadura, n.º 18, de Sant Joan Despí (Barcelona) con CIF n.º B-60561891, e inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona, Tomo 27061, Folio 121, Hoja número B 112704 Inscripción 12.ª Administradores concursales: El letrado D. Ignacio Alonso Cuevillas Fortuny Recepción de créditos en: Dirección postal: C/Muntaner, 240, Pral. 1.ª de Barcelona 1.ª Tlf. 93 2404011. Fax 93 2404012. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Intervenidas. Registro publico de resoluciones concursales: www.publicidadconcursal.es Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un plazo máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona (Gran Via de les Gorts Catalanes, 111, edificio C, planta 13. 08014 Barcelona) Barcelona, 16 de diciembre de 2013.- El/La Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.