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Concurso de acreedores

INDUSTRIAS CHAMES SA

CIF A28835411Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
410/11/202004/02/2021
Procedimiento
194/2020
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid · MERCANTIL - 5

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 194/2020Juez : MARIA ELENA ESTRADA RODRIGUEZAuto 03/11/2020

    AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO

  2. Conclusión del concurso04/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE MADRID Proc. 194/2020Juez : BÁRBARA CÓRDOBA ARDAOAuto 03/11/2020

    EDICTO AUTO DECLARACION DE CONCURSO

  3. Otro acto concursal11/11/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de MadridProc. 194/2020Auto 05/11/2020

    Edicto La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 5 de Madrid, anuncia: 1.º Que en el procedimiento Concurso Abreviado n.º 194/2020 referente al deudor INDUSTRIAS CHAMES, S.A., con CIF A28835411, por auto de fecha 03/11/2020 se ha decretado la declaración y simultánea conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa 176 bis 2 y 3. (art. 473 del TRLC). 2.º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes. 3.º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3 (art 485 TRLC), declarar su extinción. Madrid, 5 de noviembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Irene Ortiz Plaza.

  4. Conclusión del concurso10/11/2020
    ⚖️ MERCANTIL - 5Proc. 194/2020Juez : TEODORO LADRÓN RODAAuto 03/11/2020

    En el Concurso Abreviado 194/20, referente al deudor INDUSTRIAS CHAMES S.A., por Auto de fecha 3 de noviembre de 2020, se ha acordado la declaración y simultánea conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.