InicioJusticiaINDUSTRIAL NORTHEST, S.L.

Concurso de acreedores

INDUSTRIAL NORTHEST, S.L.

CIF B58714619Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
222/09/201120/10/2024
Procedimiento
456/2011
Juzgado
Mercantil - 10

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso20/10/2024
    ⚖️ Mercantil - 10Proc. 456/2011Juez : Ignacio Fernandez de SenespledaAuto 04/10/2024

    ver edicto

  2. Declaración de concurso22/09/2011
    ⚖️ BARCELONAProc. 456/2011Auto 12/09/2011

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso María José Hompanera González, Secretaria Judicial del Juzgado Mercantil nº 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, nº 111 edificio C planta 13 de Barcelona. Número de asunto.- Concurso voluntario núm. 456/2011 - C Tipo de concurso.- Concurso Voluntario Abreviado. Entidad instante del concurso y NIF.- Industrial Northest, S.L. CIF B58714619. C. Alaba 51 1-6 08005 Barcelona (Barcelona). Fecha del auto de declaración.- 9/09/11 Administradores concursales.- Albert Díaz Fernández, con domicilio c. Balmes 76 3-2 08007 Barcelona (Barcelona) y Teléfono nº 934880786 y en calidad de Abogado. Facultades del concursado.- Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.- Deberán comunicar sus créditos a la Administración Concursal por medio de escrito que se presentará o dirigirá a la Unidad de Apoyo Concursal de los Juzgados Mercantiles de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, nº 111, edificio C, planta 13 (08075 Barcelona) en el plazo de quince días a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Barcelona, 12 de septiembre de 2011.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.