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Concurso de acreedores
INDUSTRIAL COARTE SA
CIF A58094558Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 28/01/2012 → 13/03/2017
- Procedimiento
- 763/2011 · 01/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal13/03/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de BarcelonaProc. 763/2011Auto 17/02/2017
Edicto Don Rafael Huerta García, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 763/2011 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Industrial Coarte, S.A., con CIF n.º a 58094558. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 17 de febrero de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal28/01/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de BarcelonaProc. 01/2012Auto 17/01/2012
Edicto. Doña Pilar Vives Requena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y Provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el Concurso 763/11-G en el que se ha dictado con fecha 11/01-2012 auto declarando en estado de concurso voluntario abreviado a la empresa Industrial Coarte, S.A., con A58094558 y domicilio en Montcada i Reixach calle Vapor, n.º 60, Polígono Industrial La Ferrería, nave 3, pasaje Q-H -08110- de Barcelona, con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador Concursal a Josep M.ª Fabregat Vilà siendo economista, en fecha 17/01/2012 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal Rambla Catalunya, n.º 75, 3.º 1.ª -08007- Barcelona y dirección electrónica: [email protected] Plazo para comunicación de créditos: Treinta días a partir de la publicación del presente edicto en el BOE, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Dado en Barcelona, 17 de enero de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.