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Concurso de acreedores
INDUSTRIA PLASTICA MATARONESA SL
CIF B08223844Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 14/02/2012 → 15/12/2014
- Procedimiento
- 30/2012
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso15/12/2014⚖️ BARCELONAProc. 30/2012Auto 07/11/2014
Francisco Velasco García-Plata Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes n.º 111 Edificio C, 12.ª planta. Número de Asunto.- Concurso voluntario 30/2012 8 Tipo de Concurso.- Abreviado Entidad instante del Concurso y NIF.- Industria Plástica Mataronesa S.L. con CIF-b08223844 Fecha del Auto de conclusión del Concurso.- 7 de noviembre de 2014 Dado en Barcelona a, 10 de noviembre de 2014.- El Secretario Judicial.
- Declaración de concurso14/02/2012⚖️ BARCELONAProc. 30/2012Auto 25/01/2012
Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio c, 12.ª planta. Número de Asunto.- Concurso voluntario 30/2012-4.ª Tipo de Concurso.- Voluntario. Entidad Instante del Concurso y NIF.- Industria Plástica Mataronesa, S.L. B-08223844. Fecha del auto de Declaración.- 19/01/2012 Administradores concursales.- D. Carlos Rodríguez Conde, con NIF 40907402-Q domiciliada en Passeig de St. Joan, núm. 45, pral 2.ª, de Barcelona, como abogado, con correo electrónico: [email protected]. Forma de Personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los Acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 25 de enero de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.