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Concurso de acreedores
INDUSTRIA CALDERERA MARCO SOCIEDAD LIMITADA
CIF B50737493Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 15/06/2011 → 13/12/2012
- Procedimiento
- 172/2011
Cronología del expediente
- Otro acto concursal13/12/2012⚖️ ZARAGOZAAuto 27/11/2012
Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Zaragoza, anuncia: Que en el procedimiento concursal Voluntario Abreviado número 172-2011, referente al concursado Industria Calderera Marco, Sociedad Limitada, Código de Identificación Fiscal B 507 37493, con domicilio en carretera de Logroño, kilometro 13,5, Sector 16, Polígono 4, Nave 12, Pinseque (Zaragoza), por auto de fecha veintitrés de noviembre de dos mil doce, se ha acordado lo siguiente: 1. Proceder al archivo del Concurso por inexistencia de bienes, aprobar la rendición final de cuentas, así como su extinción y el cierre de la hoja de inscripción en el Registro Mercantil. 2. Se ha decretado el cese de la limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes y se ha aprobado la rendición de cuentas presentada por la Administración Concursal. Zaragoza, 27 de noviembre de 2012.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal30/11/2011⚖️ ZARAGOZAAuto 04/11/2011
Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número dos de Zaragoza, anuncia: 1. Que en la sección I declaración concurso 0000172/2011, referente a la deudora "Industria Calderera Marco, Sociedad Limitada", código identificación fiscal B-50737493, con domicilio en carretera de Logroño, Km. 1.5, sector 16, polígono 4, nave 12, Zaragoza, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el capítulo I del título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la oficina judicial, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este órgano judicial, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este órgano judicial. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador (artículo 184.3 de la Ley Concursal). Zaragoza, 4 de noviembre de 2011.- El/la Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso15/06/2011⚖️ ZARAGOZAProc. 172/2011Auto 01/06/2011
Doña Milagros Alcón Omedes, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber: Primero.-Que en los autos seguidos en este Juzgado con el número 172/2011 se ha dictado a instancias de "Industria Calderera Marco, Sociedad Limitada" en fecha 1 de junio de 2011, auto de declaración de concurso voluntario/abreviado de la deudora "Industria Calderera Marco Sociedad Limitada", CIF: B-50737493, cuyo centro de intereses principales lo tiene el Pinseque, en carretera de Logroño km 13,5, sector 16, polígono 4, nave 12. Segundo.-Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la deudora. Tercero.-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de quince días a partir la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado", mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 Ley Concursal). Zaragoza, 1 de junio de 2011.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.