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Concurso de acreedores

INDUPRO SA

CIF A28577211Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
4 — 12/05/2010 → 04/03/2019
Procedimiento
42/2010
Juzgado
Juzgado de Lo Mercantil nº 2 de los de Madrid

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso04/03/2019
    ⚖️ MADRIDProc. 42/2010Auto 05/02/2019

    Doña MARÍA JESÚS RODRÍGUEZ FERNÁNDEZ, Letrada de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.° 02 de Madrid. 1. - Que en el Procedimiento Concursal número 42/2010 referente al concursado INDUPRO, S.A. con CIF A-28577211 se ha dictado con fecha 5/2/19 Auto de conclusión del concurso por falta de masa activa. 2. - Se ha declarado el cese de las limitaciones de las facultades de administración y de disposición del deudor subsistentes. 3. - Se declara aprobada la rendición de cuentas presentada por el Administrador Concursal. 4. - La presente resolución se comunicará a las partes personadas y se le dará la publicidad prevista en la LC. Madrid, 5 de febrero de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.

  2. Otro acto concursal28/08/2013
    ⚖️ Juzgado de Lo Mercantil nº 2 de los de MadridAuto 31/07/2013

    D. Enrique Calvo Vergara, Secretario del Juzgado de Lo Mercantil nº 2 de los de Madrid, anuncia: 1.-Que en el concurso voluntario abreviado número 42/10 del deudor Indupro, S.A., con NIF número A-28577211, se ha dictado con treinta y unió de julio de dos mil trece, auto aprobando el Plan de Liquidación presentado por la Administración Concursal. 2.-Que se ha acordado la formación de la Sección Sexta de Calificación del concurso para que dentro de los diez días siguientes a la publicación del presente edicto cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo, pueda personarse en dicha Sección, alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Madrid, 31 de julio de 2013.- Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso29/10/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridAuto 10/10/2012

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia Que en el procedimiento concursal n.º 42/10 referente al deudor Indupro, S.A., con C.I.F: A-28577211, por auto de fecha 10/10/12 se ha acordado lo siguiente: 1.º Se declara finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Indupro, S.A. 2.º Se abre la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3.º Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y de disposición del concursado sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos en el título III de la L.C. 4.º Se declara disuelta la entidad Indupro, S.A. cesando en su función sus Administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5.º Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y en su caso la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 6.º Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación que se publicarán en el BOE y se fijará en el tablón de anuncios del Juzgado. Inscríbase asimismo, en los Registros en los que se hizo la inscripción de declaración de concurso, la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos. 7.º En el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso conforme a lo dispuesto en el art. 148.1 de la L.C. Madrid, 10 de octubre de 2012.- Secretario Judicial.

  4. Otro acto concursal12/05/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de MadridAuto 29/04/2010

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Madrid, en cumplimiento de lo establecido en el art. 23 de la L.C., anuncia: 1º.- Que en el procedimiento nº 42/10 por auto de fecha 26/04/10 ha declarado en concurso Voluntario Abreviado al deudor Indupro, S.A., con CIF nºA-28577211, con domicilio en Madrid, calle San Felipe nº 8. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración Concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. 4º.- El Administrador Concursal es D. Juan Ronda Santana, con domicilio en Madrid, calle Costa Rica nº 11, bajo V-3, El plazo para esta comunicación es el de 15 DIAS a contar desde la presente publicación. Madrid, 29 de abril de 2010.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.