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Concurso de acreedores

indelsit, s.c.c.l

CIF F60483906Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
126/04/201726/04/2017
Procedimiento
227/2017
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona
Administración concursal
D

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso26/04/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de BarcelonaProc. 227/2017Auto 05/04/2017

    José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, Hago saber: Número de asunto. Concurso abreviado 227/2017 Sección: A NG: 0801947120170002235 Fecha del auto de declaración. 29/3/2017. Clase de concurso. concurso voluntario abreviado Entidad concursada. indelsit, s.c.c.l., con F60483906, con domicilio en con domicilio en calle grassot 55 08025-Barcelona. Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: D. diego herrera gimenez de profesión abogado. Dirección postal: Via Augusta nº 4 6º 08006-Barcelona Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado. intervenidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 12 - Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 5 de abril de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.