Concurso de acreedores
INCAPOR SL
CIF B28914828Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 29/04/2009 → 16/11/2020
- Procedimiento
- 100/2009
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal16/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 100/2009Auto 10/03/2020
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso16/11/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 7 DE MADRID Proc. 100/2009Auto 10/03/2020
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal29/04/2009⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 7 de MadridAuto 13/04/2009
Doña Carmen Fresneda García, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil nº 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el procedimiento número 100/09, por auto de fecha 13 de abril de 2009 dictado por el Magistrado/Juez D. Santiago Senent Martínez se ha declarado en Concurso Voluntario al deudor INCAPOR, S.L., con NIF B28914828, con domicilio en Alcalá de Henares, c/ Torrelaguna 7. Segundo.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expesados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de Un Mes a contar de la última publicación del anuncio que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 16 de abril de 2009.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.