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Concurso de acreedores

IMPLANTA ALTERNATIVAS DE PROTECCION SL EN LIQUIDACION

CIF B84429075Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
203/01/201106/06/2024
Procedimiento
662/2010
Juzgado
Mercantil - 4 · Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid anuncia: Primero

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso06/06/2024
    ⚖️ Mercantil - 4Proc. 662/2010Juez : OLGA AHEDO PEÑAAuto 30/05/2024

    SEGÚN EDICTO

  2. Otro acto concursal03/01/2011
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid anuncia: PrimeroAuto 07/12/2010

    El Juzgado de lo Mercantil n.º 4 de Madrid anuncia: Primero.-Que en el procedimiento número 662/10, por auto de fecha 7 de diciembre de 2010, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Implanta "Alternativas de Protección, S.L.", con CIF n.º B-84429075, con domicilio en calle Severo Ochoa, n.º 4, nave 23, parque empresarial, Rivas Vaciamadrid (Madrid), y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Madrid. Segundo.-Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidos éstas a la intervención de la administración concursal- Tercero.-Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la ultima publicación de los anuncios, que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado" y en el tablón de anuncios de este Juzgado. La comunicación de los créditos deberá efectuarse por medio de escrito presentado ante el Registro General de escritos civiles sito en la calle Capitán Haya, 66, de Madrid, y dirigido al Juzgado de lo Mercantil número 4 de Madrid, siendo necesario presentar escrito original junto con dos copias del mismo. Cuarto.-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 Ley Concursal). Madrid, 7 de diciembre de 2010.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.