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Concurso de acreedores

IMBERTI VIVIENDAS SA

CIF A63325625Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
223/02/201327/11/2023
Procedimiento
799/2012
Juzgado
Mercantil - 10

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal27/11/2023
    ⚖️ Mercantil - 10Proc. 799/2012Juez : M.José Hompanera GonzálezAuto 24/11/2023

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  2. Declaración de concurso23/02/2013
    ⚖️ BARCELONAProc. 799/2012Auto 29/01/2013

    Edicto dando publicidad a la declaración de concurso Doña María José Hompanera González, Secretaria judicial del Juzgado Mercantil n.º 10 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.-Mercantil núm. 10 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, edificio C, planta 13, de Barcelona. Número de asunto.-Concurso voluntario núm. 799/2012- RB. Tipo de concurso.- Concurso voluntario - Ordinario. Entidad instante del concurso y NIF.-Imberti Viviendas, S.A., CIF: A63325625, con domicilio en avenida Diagonal, n.º 15, bajos, local, de Castelldefels (Barcelona). Fecha del auto de declaración.-29 de enero de 2013. Administradores concursales.-M&M Abogados Partnership, S.L.U., con domicilio en calle Balmes, 186, 2.º, 1.ª, 08006 Barcelona y teléfono n.º 93 238 67 39 y en calidad de sociedad profesional y dirección electrónica: [email protected] Facultades del concursado.-Intervenidas. Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la mercantil declarada en concurso deberán poner en conocimiento de la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la Administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que, se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Barcelona, 6 de febrero de 2013.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.