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Concurso de acreedores

IGFAMA INVERSIONES URBANISTICAS SL EN LIQUIDACION

CIF B53834875Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
429/10/201519/09/2024
Procedimiento
501/2015
Juzgado
Mercantil - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso19/09/2024
    ⚖️ Mercantil - 3Proc. 501/2015Juez : FRANCISCO CABRERA TOMASAuto 21/04/2022

    AUTO DE CONCLUSION DE CONCURSO DE ACREEDORES Y APROBACION DE RENDICION DE CUENTAS

  2. Apertura de liquidación15/07/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 501/2015Juez : MARTA GARCIA FERNANDEZAuto 06/11/2015

    PROYECTO DE INVENTARIO Y DE LA LISTA DE ACREEDORES

  3. Declaración de concurso19/11/2015
    ⚖️ ALICANTEAuto 10/11/2015

    D. JORGE CUELLAR OTÓN, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante, sede en Elx, por el presente Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso abreviado - 000501/2015, siendo la concursada IGFAMA INVERSIONES URBANÍSTICAS, S.L., con domicilio social en la calle Doctor Sirvent, n.º 40 bajo de Almaoradí (Alicante) y C.I.F. n.º B-53834875 inscrita en el Registro Mercantil de esta Provincia, en el que se ha dictado auto por el que se procede a la apertura de la liquidación de fecha 6-11-15 que contiene los siguientes pronunciamientos: Acuerdo: 1. Abrir la fase de liquidación del presente concurso. 2. Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3. Disolver la entidad concursada, IGFAMA INVERSIONES URBANÍSTICAS, S.L., y cesar a los administradores sociales o liquidadores que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquellos en representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4. Declarar vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. 5. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y tablón de anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC). 6. Inscribir, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos despachos (artículos 24 y 144 de la LC). 7. Que en el plazo de quince días computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la LC. 8. Formar la Sección quinta del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Se hace saber que cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse y ser parte en el plazo de diez días desde la última de las publicaciones de la presente resolución a los efectos establecidos en el artículo 168 de la LC. Elche, 10 de noviembre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  4. Declaración de concurso29/10/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de AlicanteAuto 13/10/2015

    D. Jorge Cuéllar Otón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores Abreviado núm. 000501/2015, habiéndose dictado con fecha 02.10.15 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de Concurso Abreviado Voluntario de acreedores de IGFAMA INVERSIONES URBANÍSTICAS, S.L., con domicilio en Almoradí (Alicante), C/ Doctor Sirvent, 40, bajo CIF nº B53834875, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al Tomo 2732, folio 106, hoja A-80962, representada por la Procuradora D.ª Virginia Saura Estruch. Facultades del concursado: intervenido Administrador Concursal: Que ha sido nombrada doña.María Asunción Navarro Rocamora, colegiado del Ilustre Colegio de abogados con domicilio postal para notificaciones: C/ Juan Espuche, 3 Elche 03202; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: [email protected]; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: C/ Juan Espuche, 3, Elche 03202. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Elche, 13 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.