Inicio›Justicia›IDEAS CARSO SL
Concurso de acreedores
IDEAS CARSO SL
CIF B87138483Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 28/01/2020 → 28/07/2020
- Procedimiento
- 658/2020
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal28/07/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 658/2020Juez : ANA MARIA LILLO SANCHEZAuto 14/07/2020
Publicación del edicto de Inventario de bienes y derechos de la masa activa
- Declaración de concurso21/07/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de MadridProc. 658/2020Auto 14/07/2020
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 658/2020, por Auto dictado en fecha 14 de julio de 2020, se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil Ideas Carso, S.L., con CIF: B87138483. 2º.- Que la mercantil Ideas Carso, S.L. conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio. 3º.- Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 3.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co. 4º.- Se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado. 5º.- Se declara la subsistencia de la responsabilidad de la concursada respecto al pago de los créditos restantes; pudiendo los acreedores iniciar acciones declarativas y ejecuciones singulares, en tanto no se acuerde la reapertura del concurso o no se declare nuevo concurso; 6º.- Se acuerda la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada. Madrid, 16 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de justicia, María Jesús Palmero Sandin.
- Conclusión del concurso28/01/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 658/2020Juez : CARMEN MARQUEZ JIMENEZAuto 14/07/2020
Auto de declaración y conclusión de concurso
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.