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Concurso de acreedores
IDEAS AITANA SL EN LIQUIDACION
CIF B53760104Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 05/08/2017 → 03/03/2020
- Procedimiento
- 466/2017
- Juzgado
- MERCANTIL - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso03/03/2020⚖️ MERCANTIL - 1Proc. 466/2017Juez : CRISTINA CIFO GONZÁLEZAuto 25/02/2020
1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Ideas Altana S.L. con CIF 8-53760104 2.-
- Otro acto concursal05/08/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de AlicanteAuto 10/07/2017
D.ª Cristina Cifo González, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Alicante, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero.- Que por Auto de fecha 10 de julio de 2017 dictado en el procedimiento con número de autos 466/17 I y NIG 03014-66-1-2017-0000931, se ha declarado en concurso Voluntario Ordinario al deudor Ideas Aitana, S.L., con CIF B-53760104, con domicilio en la calle Alicante, n.º 67, de Alcoy (Alicante), Segundo.- Que el deudor conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la Administración concursal. Tercero.- Que ha sido nombrado administrador concursal Rives & Lozano, Asesores Legales, S.L.P., con CIF B-54378732, con domicilio en la avda. Teodomiro, 56, entresuelo, de Orihuela, 03300, y como persona designada para el ejercicio del cargo a D. CARMELO RIVES FULLEDA, con DNI 74.180.402-C, correo electrónico: [email protected], domicilio en avda. Teodomiro, n.º 56, de Orihuela (Alicante) 03300, teléfono: 966.74.00.47 y fax 902.00.14.88, para que los acreedores efectúen, a su elección, la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal. Cuarto.- Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde la publicación del presenta en el "Boletín Oficial del Estado". Alicante, 17 de julio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.