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Concurso de acreedores
IDEAL-PROFITS SL
CIF B65852931Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 21/07/2016 → 21/07/2016
- Procedimiento
- 172/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal21/07/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de MadridProc. 172/2016Auto 04/07/2016
Edicto Doña MARÍA LUISA PARIENTE VELLISCA, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso Concurso Abreviado 172/2016, con número de identificación general del procedimiento 28.079.00.2-2016/0038340, por auto de fecha 4 de julio de 2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a IDEAL PROFITS, S.L., con n.º de identificación B65852931, y domiciliado en la calle José Luis Arrese, n.º 24, de Madrid. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es don CARLOS ROMERO SANZ DE MADRID, con domicilio postal en la calle Zurbano, n.º 96, 3.º derecha, de Madrid (28003), y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es www.publicidadconcursal.es Madrid, 4 de junio de 2016.- Letrado Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.