InicioJusticiaIC VORAL SA

Concurso de acreedores

IC VORAL SA

CIF A08558538Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
204/07/201328/04/2023
Procedimiento
321/2013
Juzgado
MERCANTIL - 7

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso28/04/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 7Proc. 321/2013Juez : RAUL NICOLAS GARCIA OREJUDOAuto 18/04/2023

    EDICTO Rafael Huerta Garcia , el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 07 de Barcelona hago saber que: En el Concurso ordinario 321/2013 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de IC VORAL, S

  2. Otro acto concursal04/07/2013
    ⚖️ BARCELONAAuto 15/05/2013

    Don Rafael Huerta García, Secretario judicial del Juzgado de los Mercantil n.º 7 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso 321/13 B en el que se ha dictado con fecha 15 de mayo de 2013 auto declarando en estado de concurso a la empresa IC Voral, S.A., con CIF A08558538 y domicilio en C. del Perú, 174-176, 08020 Barcelona (Barcelona) con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador concursal a Antonio Batlle Moreno economista quién en fecha 23 de mayo de 2013 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal Avda Diagonal, 416, pral. Y dirección electrónica [email protected] Plazo para comunicación de créditos: Un mes a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando Abogado y Procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 4 de junio de 2013.- El Secretario judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.