InicioJusticiaIBERCENTRO MATERIALES ELECTRICOS SL

Concurso de acreedores

IBERCENTRO MATERIALES ELECTRICOS SL

CIF B82317272Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
628/11/200913/06/2022
Procedimiento
591/2008
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid Anuncia:

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal13/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 591/2008Juez : PATRICIA CLEMENTE PUEBLAAuto 01/06/2022

    CONCURSO FORTUITO

  2. Otro acto concursal13/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 591/2008Juez : FRANCISCO CANO MARCOAuto 01/06/2022

    CONCESION BEPI Y ARCHIVO DEL CONCURSO FRANCISCO GARCIA MORALES(ACUMULADO)

  3. Conclusión del concurso13/06/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 591/2008Juez : RAFAEL ABRIL MANSOAuto 01/06/2022

    Se ha dictado en fecha dieciséis de abril de dos mil veintiuno AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO CONSECUTIVO VOLUNTARIO ABREVIADO. Se acuerda la suspensión de facultades. Se designa administrador concursal. Llamamiento. Se abre fase de liquidación

  4. Otro acto concursal17/06/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 591/2008Juez : Maria del Mar Fernandez BarjauAuto 01/06/2022

    Modificación informe del art. 290 TRLC

  5. Declaración de concurso18/04/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid Anuncia:Auto 30/03/2012

    Edicto María Jesús Palmero Sandín, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid Anuncia: Que en el procedimiento concursal voluntario ordinario número 591/08, referente al concursado Ibercentro Materiales Eléctricos, S.L., C.I.F. B-82317272, por auto de fecha 30 de marzo de 2012 se ha acordado lo siguiente: 1. Declarar finalizada la fase común del presente procedimiento concursal del deudor Ibercentro Materiales Eléctricos, S.L. 2. Abrir la fase de liquidación, formándose la sección quinta que se encabezará con testimonio de esta resolución. 3. Durante la fase de liquidación quedarán en suspenso las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la L.C. 4. Se declara disuelta la mercantil indicada en el punto 1 anterior, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5. Anúnciese por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el tablón de anuncios de este tribunal y se publicarán en el Boletín Oficial del Estado con carácter gratuito. 6. Inscríbase, asimismo, en los Registros correspondientes la apertura de la fase de liquidación, librándose los oportunos mandamientos al Registro Mercantil de Madrid y en su caso, a los Registros de la Propiedad en los que consten inscritas fincas/bienes a nombre de la concursada, una vez firme la presente resolución. 7. El oficio y edicto dirigido al B.O.E. así como los mandamientos indicados en el párrafo anterior se entregarán a/al Procurador/a instante del concurso para su debida cumplimentacion, quien deberá aportar a este Juzgado un ejemplar del B.O.E. tan pronto sea publicado el edicto así como los mandamientos debidamente diligenciados. 8. En el plazo de quince dias, computados desde la notificación de esta resolución, la administración concursal presentará un plan (original y 34 copias en papel o en soporte CD individualmente emblistado) para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concursado conforme a lo dispuesto en el artículo 148 de la L.C. 9. Fórmese la Sección sexta de calificación del concurso, que se encabezará con testimonio de esta resolución y del auto de declaración del concurso. Se requiere al Procurador de la concursada para que proceda a aportar a este Juzgado copia del escrito de solicitud del concurso y los documentos acompañados al mismo para la sección sexta. 10. Requiérase a la Administración concursal para que presente el informe a que se refiere el artículo 169 (original y tres copias) de la Ley Concursal en el momento procesal oportuno. Madrid, 30 de marzo de 2012.- La Secretaria Judicial.

  6. Otro acto concursal28/11/2009
    ⚖️ MADRIDProc. 591/2008Auto 10/11/2008

    Edicto. El Juzgado de lo Mercantil número 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1º.- Que en el procedimiento de Concurso Voluntario Ordinario número 591/2008, por Auto de fecha de 10 de noviembre de 2008, se declaró concurso voluntario de la entidad mercantil, "Ibercentro Materiales Eléctricos, S.L." (CIF B-82317272), domiciliada en C/ Puerto Canencia, número 9, Polígono Industrial Las Nieves, 28935 Móstoles (Madrid). 2º.- Que por Auto de fecha 19 de noviembre de 2009 se acordó la separación del tercer administrador concursal, "Europea de soportes Magnéticos Esomag S.L.", y, por tanto de la persona natural designada por la misma, D. Rafael de León Cebreros. 3º.- Que la presente resolución, que se comunicará a las partes personadas, se le dará la publicidad prevista en el art. 23.1 de la LC y la contemplada para la declaración del concurso, anunciándose mediante edictos que se publicarán en el tablón de anuncios del Juzgado. Madrid, 19 de noviembre de 2009.- Secretaría Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.