Inicio›Justicia›I3DAT INGENIERIA Y SISTEMAS SL
Concurso de acreedores
I3DAT INGENIERIA Y SISTEMAS SL
CIF B60339579Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 14/11/2016 → 08/07/2021
- Procedimiento
- 609/2016 · 09/2016
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONA
Cronología del expediente
- Otro acto concursal08/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 609/2016Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 17/06/2021
PUBLICIDAD ART. 294.1 LC DEL INFORME Y DEMAS DOCUMENTACION DEL AC
- Conclusión del concurso08/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 5 DE BARCELONAProc. 609/2016Juez : MIGUEL ANGEL CHAMORRO GONZALEZAuto 17/06/2021
PUBLICIDAD ART. 294.1 LC DEL INFORME Y DEMAS DOCUMENTACION DEL AC
- Declaración de concurso14/11/2016⚖️ BARCELONAProc. 09/2016Auto 17/10/2016
Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, nº 111, Edificio C, 12ª planta. Número de asunto.- Concurso voluntario 609/ 2016 7ª Tipo de concurso: voluntario Entidad instante del concurso y NIF: I3Dat Ingenieria y Sistemas, S.L. NIF B-60.339.579 Fecha del auto de declaración.- 27/09/2016 Administradores concursales.- FPF Concursal SLP, CIF B-65983702, quien ha designado como persona jurídica a Alicia Herrador Muñoz, DNI 46054026E, con domicilio en Barcelona, Vía Augusta, 252-260 4ª planta, número teléfono 93.362.16.20, con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Régimen de intervenidas las facultades de la concursada Llamamiento a los acreedores.- los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 17 de octubre de 2016.- Letrado Admón. de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.