Inicio›Justicia›HUMANITAE EMPLEO E INNOVACION SL
Concurso de acreedores
HUMANITAE EMPLEO E INNOVACION SL
CIF B84634526Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 27/10/2015 → 18/05/2022
- Procedimiento
- 460/2015
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID · MERCANTIL - 3 · Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso18/05/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 460/2015Juez : RAUL NICOLAS GARCIA OREJUDOAuto 03/05/2022
Se ha presentado informe por el administrador concursal según art. 292 LC. Las partes pueden impugnar el inventario y la lista de acreedores en el plazo de 10 días.
- Conclusión del concurso06/05/2022⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 460/2015Juez : D. Jorge Montull UrquijoAuto 03/05/2022
Edicto conclusión
- Otro acto concursal02/06/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE MADRID Proc. 460/2015Juez : LAJ José Victor Sanz GordónAuto 03/05/2022
Dictado auto por el que se acuerda la conclusión del concurso de acreedores de Amparo Mari, S.L., Amparo Mari Berto y José Manuel Ten Pérez, acordando la extinción de la sociedad y reconocimiento del beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho.
- Otro acto concursal27/10/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de MadridProc. 460/2015Auto 14/10/2015
Edicto El Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 460/2015, con NIG 2807900220150125844 por auto de 14 de octubre de 2015 dictado por el Magistrado D. Antonio Pedreira González, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Humanitae Empleo e Innovación, S.L., con CIF: B-84634526, y con domicilio social en la C/ Chozas de la Sierra, 1, 28002 Madrid. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos de acuerdo con el artículo 85 de la LC. - La comunicación de dichos créditos se realizará exclusivamente en el domicilio designado por la Administración Concursal Insolvency & Legal, S.L.P., P.º Castellana, 122, 1.º dcha., 28046 Madrid, teléfono 915634969 y fax 915634882, y en el correo electrónico [email protected]. No producirá efectos la comunicación de créditos realizada directamente al Juzgado. 4.º El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado, indicando que el Registro Público Concursal no está desarrollado reglamentariamente. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 14 de octubre de 2015.- Letrado Administración Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.