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Concurso de acreedores
HOUSE AND TOWN SL EN LIQUIDACION
CIF B82555848Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 08/10/2015 → 01/03/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso01/03/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 8 de MadridAuto 17/02/2017
EDICTO D. Verónica Calvo Moreno, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 537/15 por auto de 17/02/17 se ha acordado la conclusión del concurso del deudor HOUSE AND TOWN, S.L., con C.I.F. B-82555848 2.- Se ha acordado la extinción de la entidad con cancelación de los asientos referentes a la sociedad extinguida, y cierre de su hoja registral en los Registros públicos correspondientes. 3.- Se ha acordado el cese de su cargo del Administrador Concursal Madrid, 17 de febrero de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal08/10/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de MadridAuto 23/09/2015
Edicto. Doña Verónica Calvo Moreno, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 537/15, por auto de 21/09/15 se ha declarado en concurso voluntario abreviado y acordada la liquidación del deudor HOUSE AND TOWN, S.L., con domicilio social en calle Cerro del Castañar, n.º 72, portal 1, 4.º A y B, de Madrid, con CIF B-82555848. 2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal designada, Pedro Suárez Llanio, con domicilio en paseo de Castellana, n.º 95, de Madrid 28046. Teléfono 914566063, fax 915550131 y como correo electrónico [email protected] a través de su relación directa con el mismo, la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito y se dirigirá a la Administración concursal al domicilio o correo electrónico expresado, con indicación de la identidad, domicilio y NIF del acreedor, debiendo indicar un domicilio o dirección de correo electrónico a los efectos de su relación con la Administración concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde el día siguiente a la publicación del anuncio en el "Boletín Oficial del Estado". No se admitirá en el Juzgado comunicación de crédito alguna. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 23 de septiembre de 2015.- La Secretaria judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 8 de Madrid.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.