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Concurso de acreedores
HOTELS ROSINCS SL
CIF B31177553Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 07/02/2013 → 07/02/2013
- Procedimiento
- 523/2012
Cronología del expediente
- Declaración de concurso07/02/2013⚖️ GIRONAProc. 523/2012Auto 26/11/2012
Don José Antonio Marquínez Beitia, Secretario Judicial del Juzgado Mercantil número 1 de Girona, dicto el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado: Número de asunto: 523/2012. Fecha del auto de declaración: 26 de noviembre de 2012. Clase de concurso: Voluntario Ordinario. Entidad Concursada: "Hotels Rosincs, Sociedad Limitada". CIF de la concursada: B31177553. Domicilio de la concursada: Avenida Nord, número 45 de la localidad de Roses (Girona). Administrador concursal: "Pleta Auditores, Sociedad Limitada Profesional". Dirección postal: Sant Joan Baptista, número 3, de la localidad de Figueras. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: A la concursada mercantil "Hotels Rosincs, Sociedad Limitada", le son suspendidas las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio y cesados sus administradores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de las concursadas deberán poner en conocimiento de la administración concursal a través de su dirección postal o electrónica antes señaladas la existencia de sus créditos desde el día siguiente de la fecha del auto de declaración del concurso hasta un máximo de un mes posterior a la fecha de la publicación del presente edicto en el BOE. Personación en las actuaciones: Los acreedores pueden personarse mediante Abogado y Procurador. La personación se deberá realizar ante el Juzgado Mercantil número 1 de Girona (Avenida Ramón Folch, 4-6, de Girona). Asimismo, se hace saber que en el Auto de declaración de concurso se ha acordado la inmediata apertura de la fase de liquidación, ordenándose la disolución de la sociedad mercantil concursada y el cese de sus administradores, quedando sustituidos éstos por la Administración concursal. Girona, 17 de enero de 2013.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.