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Concurso de acreedores

HOTELES VALLESOL SL

CIF B97024525Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
329/05/201230/03/2017
Procedimiento
3/2009 · 38/2011
Juzgado
Juzgado de Lo Mercantil n.º 3 de Valencia · Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso30/03/2017
    ⚖️ Juzgado de Lo Mercantil n.º 3 de ValenciaAuto 07/03/2017

    EDICTO Doña Cristina Gil Fabregat, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000394/2012 habiéndose dictado en fecha 7 de marzo de 2017 por la Ilma. Sra. Magistrado-Juez del Juzgado de Lo Mercantil n.º 3 de Valencia, Auto firme de conclusión de concurso voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor: "1.- Se declara la conclusión del concurso abreviado voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000394/2012, promovido por la Procuradora Sra. Balbastre LLorens, Amparo, en nombre y representación de la mercantil Hoteles Vallesol, SL, y el archivo de las presentes actuaciones sin más trámite. 2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. 3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal doña M.ª Cruz Benavente Estrada, con DNI 20.417.874-S, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal. 4.- Se acuerda declarar la extinción de la mercantil Hoteles Vallesol SL, con CIF B-97024525, procediendo en su caso al cierre de la hoja de Inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme. 5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 27 de enero de 2017." Valencia, 7 de marzo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Apertura de liquidación28/05/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de ValenciaProc. 3/2009Auto 09/05/2013

    Edicto Doña Pilar LLuna Gasco, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 3 de Valencia, por el presente hago saber: Por el presente se hace saber que en este Juzgado se siguen autos de Concurso de Acreedores de Hoteles Vallesol, S.L., con el número de registro 000394/2012 en cuyo seno se ha dictado Decreto en fecha 7/5/13, cuya Parte Dispositiva es: Se acuerda de inmediato la apertura de la fase de liquidación. Quedan en suspenso las facultades de administración y disposición del Administrador/es de la empresa concursada. (art.145 LC) Se declara la disolución de la mercantil concursada Hoteles Vallesol, S.L. con CIF número B-97024525 lo que conlleva el cese de la Administración societaria, que será sustituida por el administrador concursal, doña María Cruz Benavente Estrada con DNI/NIF número 20.417.874-S, ello sin perjuicio de continuar aquélla administración societaria en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte; quien presentará en este Juzgado, en un plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, un plan adecuado para la realización de los bienes y derechos de la concursada que forman parte de la masa activa del concurso de conformidad con la LC. Procede el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los créditos realizables. Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 Y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento y gestión sin dilación bajo legales apercibimientos; dado que no se dispone de los medios telemáticos a los que hace referencia el Real Decreto-ley 3/2009 de reforma de la Ley Concursal y que en el presente procedimiento se ha hecho declaración de la gratuidad de las publicaciones, procederá su publicación en el BOE y en el BORME, gratuitamente y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado. Expídase testimonio de la presente resolución a efectos de publicidad en el BORME en los términos legalmente previstos. Expídase mandamiento a Registro Mercantil de la Provincia de Valencia a fin de que se verifique la oportuna anotación registral de los acuerdos adoptados por esta resolución. Fórmense la Sección Quinta del Concurso. Respecto de la Sexta, se formará, cuando se apruebe el plan de liquidación, de acuerdo con el artículo 167.1 LC, a los efectos procedentes. Haciéndose constar, en dicho momento, lo previsto en el artículo 168 LC. Modo de impugnación: recurso de revisión en el plazo de cinco días ante el Secretario que lo dicta. Y para que sirva de notificación y a los efectos del artículo 98 de la LC, se expide el presente Valencia, 9 de mayo de 2013.- El Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso29/05/2012
    ⚖️ VALENCIAProc. 38/2011Auto 02/05/2012

    Doña Cristina María Valero Doménech, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores número 394/12 habiéndose dictado en fecha 2 de mayo de 2012 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Valencia auto de declaración de concurso voluntario de acreedores de Hoteles Vallesol, S.L., con domicilo en L’Eliana (Valencia) calle María Zambrano, n.º 2 y CIF B97024525, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia, al tomo 6744, libro 4048, folio 111, sección 8ª, hoja V-74329, que se seguira por los trámites del procedimiento concursal abreviado de la Ley 38/2011, de 10 de octubre, de Reforma de la Ley concursal, decretándose la intervención de las facultades de la mercantil, habiéndose designado administrador concursal a doña María Cruz Benavente Estrada, con NIF 20.417.874-S, Abogada,con acreditación de cinco años de experiencia profesional, y demostrada especialización en el ámbito concursal; con despacho profesional en Valencia, Plaza del Ayuntamiento, 5 pta. 16,ª, tel. 963528756, y correo electró[email protected], expidiéndose el presente edicto a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación en el BOE, puedan comunicar los créditos en los términos del artículo 85. Valencia, 2 de mayo de 2012.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.