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Concurso de acreedores

HORMIGONES VAM SL

CIF B96537196Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
104/10/201404/10/2014
Procedimiento
917/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso04/10/2014
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de ValenciaProc. 917/2014Auto 28/07/2014

    Doña Jorge Víctor Iglesias de Baya, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 2 de Valencia, de conformidad con lo previsto en los artículos 21 y 23 de la Ley Concursal, por el presente doy la publicidad ordenada al auto de declaración de concurso dictado en este Juzgado y hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Ordinario Voluntario n.º 917/2014, habiéndose dictado en fecha veintiocho de julio de dos mil catorce por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez auto de declaración de concurso de acreedores de HORMIGONES VAM, S.L., con domicilio en Polígono Canyada dels Condonnyers C/8 parcela 202 de Picassent, y CIF n.º B96537196, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, tomo 5539, libro 2846, sección General, hoja V48876. Que se ha acordado la intervención de las funciones de disposición y administración de la/s concursada/s, que quedarán sometidas a la autorización o conformidad de la administración concursal designada. Se ha nombrado administrador concursal a D./D.ª JUAN FRANCISCO TEJERO ALDOMAR, con domicilio en la avenida Reino de Valencia, n.º 47-6, Valencia, y correo electrónico [email protected]. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la publicación acordada en el Boletín Oficial del Estado puedan comunicar sus créditos a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación en los términos indicados en el artículo 85 de la Ley Concursal. Asimismo, se hace saber que para personarse en debida forma en el procedimiento concursal será necesario abogado y procurador. Valencia, 28 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.