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Concurso de acreedores
HORMIGONES DEL DEVA SL
CIF B32226938Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 13/02/2014 → 24/02/2022
- Procedimiento
- 1/2014
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra
Cronología del expediente
- Otro acto concursal24/02/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 1/2014Juez : JOSE LUIS GUTIERREZ MARTINAuto 01/02/2022
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal24/02/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 1/2014Juez : JOSE LUIS GUTIERREZ MARTINAuto 01/02/2022
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso24/02/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE PONTEVEDRA Proc. 1/2014Juez : JOSE LUIS GUTIERREZ MARTINAuto 01/02/2022
Auto de conclusión de concurso
- Declaración de concurso13/02/2014⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de PontevedraAuto 29/01/2014
Don JOSÉ TRONCHONI ALBERT, Secretario judicial, en sustitución, del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pontevedra, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º Sección I Declaración Concurso 0000001/2014-C y NIG n.º 36038 47 1 2013 0000386, se ha dictado en fecha 20 de enero del 2014, Auto de Declaración de Concurso Voluntario Abreviado del deudor HORMIGONES DEL DEVA, S.L., con CIF número B-32.226.938, domicilio social en polígono industrial Rivaldi, parcela 17, 36880 La Cañiza (Pontevedra). Inscrita en el Registro Mercantil de Pontevedra al tomo 3097, folio 153, hoja PO-37.857. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que ejercerá la Administración Concursal. Se ha designado, como Administración Concursal a la Economista Mar Argibay González, con domicilio profesional en plaza de la Independencia, número 2, 1.º D, 36211 - Vigo, y E-mail:[email protected], para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º Finalmente, se ha acordado la apertura de la fase de liquidación por petición de la concursada, así como la disolución de la entidad concursada y el cese de los administradores sociales, que son sustituidos por la Administración Concursal. Se declaran vencidos los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de los que consistan en otras prestaciones. Pontevedra, 29 de enero de 2014.- El Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.