InicioJusticiaHORLEVANTE, SOCIEDAD LIMITADA

Concurso de acreedores

HORLEVANTE, SOCIEDAD LIMITADA

CIF B73630113Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
424/04/201911/02/2022
Procedimiento
107/2019
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal11/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 107/2019Juez : cristina cifo gonzalezAuto 27/01/2022

    comunicación art 5 Bis

  2. Conclusión del concurso11/02/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 107/2019Juez : YOLANDA RIOS LÓPEZAuto 27/01/2022

    INFORME DE LA ADMINISTRACIÓN CONCURSAL

  3. Otro acto concursal08/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 107/2019Juez : CARLOS NIETO DELGADOAuto 27/01/2022

    DECLARACIÓN Y CONCLUSION Y ARCHIVO POR INSUFICIENCIA MASA

  4. Declaración de concurso24/04/2019
    ⚖️ MURCIAProc. 107/2019Auto 09/04/2019

    Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º- Que en los Autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 107/2019 y NIG n.º 30030 47 1 2019 0000193, se ha dictado en fecha 9 de abril de 2019, Auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor HORLEVANTE, S.L.U., con CIF B73630113 cuyo domicilio social lo tiene en Carretera Nacional 340, Apartado de Correos n.º 166, CP 30816 – Diputación de La Hoya – Lorca (Murcia). 2.º- Se ha acordado de las facultades de administración y disposición que quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Ha sido nombrado Administrador Concursal a la sociedad MARTÍNEZ MOYA Y ROMERO, S.L.P., con CIF B73862443, domicilio profesional en Carril de la Condesa, n.º 58 – Planta 1.ª – Oficina 7, CP 30010 Murcia, Teléfono 968 271333 y Fax 968 271334, y dirección electrónica [email protected]. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º- La concursada ha solicitado la liquidación. Habiéndose acordado su tramitación conforme lo establecido en el art. 191 ter, queda a disposición el plan de liquidación presentado por el deudor en esta oficina judicial para que en el plazo de diez días desde el siguiente a la publicación del edicto, los acreedores puedan realizar alegaciones. 6.º- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la del Registro Público Concursal. Murcia, 17 de abril de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.